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Artículo 16 de la Ley 17.235 · Fija el texto refundido, sistematizado y coordinado de la ley sobre impuesto territorial.

Fija el texto refundido, sistematizado y coordinado de la ley sobre impuesto territorial.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28849 · idParte: 8242554

Texto oficial

Artículo 16°.- La tasa señalada en el artículo anterior está formada por las siguientes tasas parciales: a) un 13 por mil, de exclusivo beneficio fiscal; b) un 3 por mil, de exclusivo beneficio municipal; c) un 2 por mil, correspondiente al Servicio de Alumbrado; d) un 1 por mil, correspondiente al Servicio de Pavimentación; e) un 1 por mil, correspondiente al pago de los empréstitos municipales.