Texto oficial
Artículo 6.o- Facúltase a la instituciones semifiscales, empresas del Estado, Municipalidades y, en general, a las instituciones u organismos del sector público con personalidad jurídica o de administración autónoma, y a todas las personas jurídicas creadas por ley en las cuales el Estado tenga aportes de capital, para efectuar donaciones de cualquier monto y naturaleza en beneficio del Instituto del Tórax y Transplantes, dependiente del Hospital Naval "Almirante Neff" de Valparaíso.
Las referidas donaciones se destinarán exclusivamente a la construcción equipamiento, mantención y funcionamiento de dicho instituto.
Autorízase, asimismo, al Director del Instituto del Tórax y Trasplantes para aceptar, en representación del Fisco, herencias, legados, donaciones, y cualquier aporte gratuito que se le haga, con el objeto de que sean destinados a los fines indicados en el inciso segundo de este artículo.
Las donaciones no estarán sujetas, para su validez, al trámite de insinuación, cualquiera que sea su cuantía o naturaleza.