Texto oficial
Artículo 9°.- En el inciso primero del N° 8 del artículo 1° de la ley N.° 16.272, sobre Impuesto de Timbres, Estampillas y Papel Sellado, reemplazar el guarismo "4" por "6".
Autoriza al presidente de la república para modificar las disposiciones relativas a remuneraciones del personal de las fuerzas armadas y carabineros modifica impuestos otras materias
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28873 / 9026365.