Texto oficial
"Artículo 1.o- Autorízase a la Municipalidad de Mostazal para contratar uno o más empréstitos, directamente con el Banco del Estado de Chile u otras instituciones de crédito o bancarias, que produzcan hasta la suma de dos millones de escudos, a un interés no superior al corriente bancario y con una amortización que extinga la deuda en un plazo máximo de diez años.