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Artículo 2 de la Ley 17.268

Autoriza a la municipalidad de mostazal para contratar el prestamo que señala y exime a la municipalidad de peumo del pago que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28874 / 8284001.

Texto oficial

Artículo 2.o- Facúltase al Banco del Estado de Chile y demás instituciones de crédito para tomar él o los empréstitos a que se refiere el artículo anterior.