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Artículo 1 de la Ley 17.270 · Autoriza a la municipalidad de el monte para contratar el prestamo que señala

Autoriza a la municipalidad de el monte para contratar el prestamo que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28876 · idParte: 5980684

Texto oficial

Artículo 1°- Autorízase a la Municipalidad de El Monte para contratar directamente con el Banco del Estado de Chile o cualquiera otra institución de crédito o bancaria, uno o más empréstitos hasta por la suma de seiscientos mil escudos (E° 600.000), a un interés no superior al corriente bancario y con una amortización que extinga la deuda en un plazo máximo de diez años.