Texto oficial
Artículo 31°- Autorízase al Presidente de la
República para que, por decreto fundado que lleve la firma
del Ministro de Hacienda, previo informe de la Tesorería
General y de la Contraloría General de la República,
elimine del Activo de la Caja Fiscal, con cargo al ítem
039, los valores pendientes en la cuenta "E-11 Documentos
por Cobrar" correspondientes a cheques protestados que se
estimen incobrables.