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Artículo 111 de la Ley 17.271 · Ley de presupuestos para el año 1970

Ley de presupuestos para el año 1970

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28877 · idParte: 8757346

Texto oficial

Artículo 111.- El Instituto CORFO del Norte transferirá a la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales S. A. el 5% de los ingresos que perciba en virtud de lo dispuesto en la ley N° 16.624 con el objeto de financiar un programa extraordinario de construcción de locales escolares en las provincias de Antofagasta y Atacama y en los departamentos de Iquique y Pisagua de la provincia de Tarapacá.