Texto oficial
Artículo 120.- Autorízase a la Empresa de Comercio
Agrícola para que pague a la I. Municipalidad de Santiago
una cantidad equivalente a los derechos que por concepto de
matanza ha dejado de percibir el Matadero "Lo Valledor",
durante el año 1969, con motivo de los distintos períodos
de veda ordenados por el Ministerio de Economía, Fomento y
Reconstrucción.
El pago se efectuará previo decreto supremo del
Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que
determinará la cantidad a pagar, su oportunidad y demás
condiciones tendientes a perfeccionarlo.