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Artículo 135 de la Ley 17.271 · Ley de presupuestos para el año 1970

Ley de presupuestos para el año 1970

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28877 · idParte: 8757370

Texto oficial

Artículo 135.- Durante el año 1970, lo establecido por los artículos 1° de la ley N° 12.462 y 13° de la ley N° 14.688 en beneficio de los empleados municipales, serán de cargo de las respectivas Municipalidades.