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Artículo 147 de la Ley 17.271 · Ley de presupuestos para el año 1970

Ley de presupuestos para el año 1970

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28877 · idParte: 8757382

Texto oficial

Artículo 147.- Agrégase al inciso final del artículo 221° de la ley N° 16.840, a continuación de la expresión "Servicios Públicos", seguida de una coma (,), las palabras "Empresas del Estado".