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Artículo 15 de la Ley 17.272 · Fija sueldos y salarios que indica modifica leyes que señala otras materias

Fija sueldos y salarios que indica modifica leyes que señala otras materias

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28878 · idParte: 8955824

Texto oficial

Artículo 15.- Auméntase, en el mismo porcentaje fijado en el artículo 1º, la remuneración máxima establecida en el artículo 1.o. del DFL. Nº 68, de 1960, y sus modificaciones posteriores.