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Artículo 26 de la Ley 17.272 · Fija sueldos y salarios que indica modifica leyes que señala otras materias

Fija sueldos y salarios que indica modifica leyes que señala otras materias

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28878 / 8955835.

Texto oficial

Artículo 26.- Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 4º bis de la ley Nº 12.120: a) Agregar, a continuación del primero, el siguiente inciso: "Las conveaciones mencionadas en el inciso anterior estarán afectas a una tasa adicional del 4,6% que será de exclusivo beneficio fiscal aún cuando se trate de vehículos fabricados o armados en el departamento de Arica. Esta tasa adicional no afectará a los camiones y camionetas." b) Reemplazar, en el inciso segundo, que pasa a ser tercero. las expresiones "del artículo anterior" por la: "de este artículo".