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Artículo 67 de la Ley 17.272 · Fija sueldos y salarios que indica modifica leyes que señala otras materias

Fija sueldos y salarios que indica modifica leyes que señala otras materias

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28878 / 8955876.

Texto oficial

Artículo 67.- Las disposiciones del artículo 55 de la ley Nº 16.840, serán también aplicables a las disposiciones del inciso tercero del artículo 168 de la ley Nº 16.617 a contar del 1º de Enero de 1970.