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Artículo 14 de la Ley 17.275 · Modifica ley n° 13.908 que creo la corporacion de;magallanes

Modifica ley n° 13.908 que creo la corporacion de;magallanes

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28881 / 8885243.

Texto oficial

Artículo 14.- Agrégase al artículo 35 de la ley N° 13.039, reemplazado por el artículo 238, de la ley N° 16.617, a continuación del inciso noveno después del punto aparte, lo siguiente: "Para el personal de las Fuerzas Armadas y de Carabineros la rebaja adicional por cada año o fracción superior a seis meses será de un veinte por ciento, pero la rebaja por este concepto no podrá exceder de un cuarenta por ciento".