Saltar al contenido

Artículo 11 de la Ley 17.276 · Aprueba normas para el fomento del deporte.

Aprueba normas para el fomento del deporte.

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28882 / 8526088.

Texto oficial

ARTICULO 11° En cada comuna habrá un Consejo Local de Deportes, a no ser que por razones fundadas, debido a la extensión de la comuna o porque en ella haya varios centros urbanos distantes, sea aconsejable crear otro u otros Consejos Locales; en todo caso, cuando así fuere necesario, su creación será autorizada por la Dirección General de Deportes y Recreación, con informe favorable de la Municipalidad respectiva y del Consejo Local de Deportes de la ciudad cabecera de comuna. Los Consejos Locales de Deportes son organismos cooperadores del Estado en la función de fomentar el deporte y tendrán a su cargo la coordinación de las actividades deportivas locales; la administración de recintos deportivos que le encomiende la Dirección General de Deportes y Recreación u otros organismos; mantendrán la armonía entre sus afiliadas, y representarán a las autoridadadesdeportivas nacionales las necesidades generales deldeporte local, con excepción de las que sean deexclusiva incumbencia de las Federaciones. Club Deportivo es un organismo que agrupa a personas para practicar, organizar y desarrollar una o varias actividades deportivas. Ningún Club podrá recibir subvención municipal, del presupuesto nacional o de la Dirección General de Deportes y Recreación, sin previo registro y comprobación de su existencia efectiva por el Consejo Local de Deportes respectivo, por otra de las organizaciones deportivas creadas por esta ley o por la propia Dirección General. El Reglamento establecerá una forma permanente de coordinación con las Municipalidades respectivas, las que tendrán acceso a la confección del plan anual de trabajo de los Consejos Locales de Deportes. Establecerá, asimismo, sistemas de coordinación entre los Consejos Locales de Deportes y las Juntas de Vecinos, la Central Unica de Trabajadores y las organizaciones comunitarias y de trabajadores.