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Artículo 12 de la Ley 17.276 · Aprueba normas para el fomento del deporte.

Aprueba normas para el fomento del deporte.

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28882 · idParte: 8526089

Texto oficial

ARTICULO 12° La Dirección General de Deportes y Recreación podrá crear Consejos Provinciales de Deportes que tendrán como función principal la de coordinar el trabajo de los Consejos Locales de Deportes de sus respectivas provincias y fomentar sus actividades, sin perjuicio de las atribuciones de las Federaciones Deportivas Nacionales. Los Consejos Provinciales de Deportes estarán formados por los Presidentes de los Consejos Locales de Deportes de la respectiva provincia y serán presididos por quién aquéllos elijan.