Saltar al contenido

Artículo 23 de la Ley 17.276 · Aprueba normas para el fomento del deporte.

Aprueba normas para el fomento del deporte.

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28882 · idParte: 8526102

Texto oficial

ARTICULO 23° La Corporación de Construcciones Deportivas transferirá al Fisco el dominio, o la cuota o acciones que posea, de los recintos terminados y en condiciones de uso y en cuya habilitación haya participado, los que deberán ser destinados a la Dirección General de Deportes y Recreación.