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Artículo 45 de la Ley 17.276 · Aprueba normas para el fomento del deporte.

Aprueba normas para el fomento del deporte.

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28882 / 8526126.

Texto oficial

ARTICULO 45° Los cargos de las Plantas a que se refiere el artículo anterior tendrán el regímen de remuneraciones vigentes para la Administración Civil del Estado, sin que les sea aplicable el sistema de quinquenios del D.F.L. N° 1, de 1968, para los efectos de la determinación del monto de dichas remuneraciones. El encasillamiento derivado de la aplicación de la presente ley no será considerado ascenso para ningún efecto legal, especialmente para el caso del artículo 64° del D.F.L. N° 338, de 1960.