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Artículo 56 de la Ley 17.276 · Aprueba normas para el fomento del deporte.

Aprueba normas para el fomento del deporte.

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28882 / 8526138.

Texto oficial

ARTICULO 56° La Dirección General de Deportes y Recreación entregará anualmente como subvención al Círculo de Periodistas Deportivos de Chile una suma equivalente a cinco sueldos vitales anuales de la escala A) del departamento de Santiago. Asimismo, entregará anualmente como subvención al Círculo de Antiguos Deportistas "Juan Ramsay" una suma equivalente a tres sueldos vitales anuales de la escala A) del departamento de Santiago.