Saltar al contenido

Artículo 11 transitorio de la Ley 17.276 · Aprueba normas para el fomento del deporte.

Aprueba normas para el fomento del deporte.

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28882 · idParte: 8526151

Texto oficial

ARTICULO 11°. Las Universidades deberán dictar, dentro del plazo de 120 días desde que empiece a regir esta ley, un reglamento especial de educación física, deportes y recreación, que se aplicará a sus alumnos. Un ejemplar de dichos reglamentos será enviado a la Dirección General de Deportes y Recreación, tan pronto como entren en vigor.