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Artículo 4 de la Ley 17.280

Introduce modificaciones a los siguientes cuerpos legales: código de aguas; leyes 16.465, 16.640, sobre reforma agraria y 16.976; decretos con fuerza de ley 3, de 1967 y 12, de 1968; decreto supremo 584, de 1968, de agricultura

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28885 · idParte: 9045889

Texto oficial

ARTICULO 4° Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley 16.465: a) Agrégase a la letra c) del artículo 1°, a continuación de las palabras "solicitud de autorización", por las siguientes: "o a una cooperativa campesina de que sean socios dichos campesinos", y b) Agréganse, en el inciso final del artículo 2°, a continuación de las palabras "o que no tuvieren derecho a ellas", las siguientes: "o que no sean socios de la cooperativa campesina".