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Artículo 2 de la Ley 17.285

Modifica sistema montepio caja de retiro y prevision de los empleados municipales de la república

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28889 / 8831109.

Texto oficial

Artículo 2°.- Autorízase a la Caja de Retiro y Previsión de los Empleados Municipales de la República para descontar, de las pensiones de jubilación y montepío que ella paga, un uno por ciento que se destinará al financiamiento de la Asociación de Empleados Municipales Jubilados de la República, siempre que el respectivo beneficiario de la pensión manifieste por escrito su voluntad de aceptar este descuento.