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Artículo 33 de la Ley 17.288

Legisla sobre monumentos nacionales; modifica las leyes 16.617 y 16.719; deroga el decreto ley 651, de 17 de octubre de 1925

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28892 / 7178468.

Texto oficial

Artículo 33°.- Los Museos del Estado dependientes del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural podrán efectuar entre ellos canjes y préstamos de colecciones u objetos repetidos, previa autorización del Director Nacional del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, otorgada mediante resolución fundada.