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Artículo 3 de la Ley 17.289 · Aumenta los recursos del fondo de revalorizacion de pensiones

Aumenta los recursos del fondo de revalorizacion de pensiones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28893 / 7178503.

Texto oficial

Artículo 3°- La presente ley regirá a contar desde el 1° de Enero de 1970.