Texto oficial
"Artículo 1°- Autorízase a la Municipalidad de
Concepción para contratar directamente con el Banco del
Estado de Chile u otras instituciones bancarias o de
crédito, uno o más empréstitos que produzcan hasta E°
10.000.000,00, a un interés que no exceda del corriente
bancario y con una amortización que extinga la deuda dentro
de 10 años.
Facúltase al Banco del Estado de Chile y demás
instituciones bancarias o de crédito para tomar el o los
préstamos autorizados.