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Artículo 1 de la Ley 17.312 · Autoriza a la municipalidad de concepcion para contratar emprestitos que indica

Autoriza a la municipalidad de concepcion para contratar emprestitos que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28910 / 8762560.

Texto oficial

"Artículo 1°- Autorízase a la Municipalidad de Concepción para contratar directamente con el Banco del Estado de Chile u otras instituciones bancarias o de crédito, uno o más empréstitos que produzcan hasta E° 10.000.000,00, a un interés que no exceda del corriente bancario y con una amortización que extinga la deuda dentro de 10 años. Facúltase al Banco del Estado de Chile y demás instituciones bancarias o de crédito para tomar el o los préstamos autorizados.