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Artículo 3 de la Ley 17.331

Autoriza la importacion y libera del pago de derechos que indica al organo de estudio que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28928 · idParte: 5981074

Texto oficial

Artículo 3.°- Declárase que la disposición de la letra d) del artículo 194.° de la ley N.° 16.464 en la parte que incluye al personal afecto al DFL. 218, de 1960, comprende además al personal a contrata y al destinado o en comisión de servicios en la Subsecretaría de Hacienda. Declárase, asimismo, bien invertidas las cantidades pagadas a dicho personal, incluidos los a jornal y a honorarios, desde la vigencia de la mencionada ley N.° 16.464. El personal a honorarios y a jornal que haya recibido la asignación en referencia antes de la vigencia de esta ley, tendrá derecho a seguir percibiéndola.