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Artículo 1 de la Ley 17.343

Introduce modificaciones al dfl. 1.340 bis, de 1930, sobre regimen de prestaciones para la seccion empleados publicos de la caja nacional de empleados publicos y periodistas.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28939 / 7178898.

Texto oficial

"Artículo 1°.- Introdúcense las siguientes modificaciones al régimen de prestaciones contenido en el DFL N° 1.340 bis, de 1930, para la Sección Empleados Públicos de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas: Reemplázase el régimen de montepíos por el de pensiones de viudez y orfandad que se aplica a los empleados particulares, de acuerdo con la ley N° 10.475, salvo en lo relativo a su reajuste, en que continuará sujeto exclusivamente a la ley N° 15.386. Asimismo, el sueldo base de las pensiones será el que establece el artículo 19 del DFL. N° 1.340 bis, de 1930, o el monto de la última pensión de que disfrutaba el causante en caso de que fallezca pensionado.