Texto oficial
Artículo 4°.- Las disposiciones de los artículos 1°, 4° y 5° transitorios de la ley N.o 16.752 se aplicarán al nuevo encasillamiento de este personal.
Aclara y modifica la ley n° 16.752
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28945 / 8831157.