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Artículo 15 de la Ley 17.362 · Autoriza a la municipalidad de panguipulli para contratar emprestitos

Autoriza a la municipalidad de panguipulli para contratar emprestitos

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28951 · idParte: 8751696

Texto oficial

Artículo 15.- La Corporación de Mejoramiento Urbano realizará el estudio del loteo de la nueva población de Choshuenco, el que deberá someter a la respectiva autorización municipal dentro de los 180 días siguientes a la publicación de esta ley. Asimismo, la mencionada Corporación procederá a expropiar y urbanizar los terrenos que se destinarán a la citada población de Choshuenco, en el plazo máximo de 2 años contados desde la aprobación de los planos de loteo. Declárase de utilidad pública los terrenos necesarios para efectuar las expropiaciones y urbanizaciones a que se refiere el inciso anterior.