Texto oficial
"ARTICULO 1° La determinación, cálculo y recaudación
de todas las imposiciones, aportes, impuestos y depósitos
que por cualquiera causa deba recibir o recaudar la Caja de
Previsión de Empleados Particulares se regirán por la
presente ley.
Las mismas normas que establece la presente ley se
aplicarán a los organismos auxiliares de previsión de
dicha Caja.