Texto oficial
ARTICULO 16° Reemplázase en el artículo 37° de la
ley 15.386 la frase "1% sobre las remuneraciones imponibles
sin limitación de ninguna especie", por la siguiente:
"1,3450% sobre las remuneraciones mensuales imponibles".
Aprueba normas previsionales que indica. modifica leyes que señala.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28953 / 9098809.