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Artículo 10 de la Ley 17.366 · Modifica leyes y decretos que señala

Modifica leyes y decretos que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28954 / 9046076.

Texto oficial

Artículo 10°.- Declárase que los ítem de los presupuestos de las Instituciones de Previsión Social, que se destinan al pago de beneficios previsional establecidos en las leyes han sido y son excedibles.