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Artículo 1 de la Ley 17.369

Autoriza expropiacion de terrenos que forman la poblacion tricolor de la comuna de san miguel y ordena su transferencia a sus actuales ocupantes

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28957 / 5981387.

Texto oficial

Artículo 1°- Autorízase a la Corporación de la Vivienda para expropiar por cuenta propia y la Corporación de Servicios Habitacionales transferirá, de acuerdo con las normas reglamentarias vigentes, a sus actuales ocupantes los terrenos que forman la Población Tricolor de la comuna de San Miguel, ubicados al poniente de la Avenida Ochagavía, entre el camino Vecinal y la calle Carelmapu, con los siguientes deslindes: Norte, Camino Vecinal, en 129 metros; Sur, calle Carelmapu, en 127 metros; Oriente, Ochagavía, en 160 metros, y Poniente, resto de la propiedad.