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Artículo 2 de la Ley 17.369

Autoriza expropiacion de terrenos que forman la poblacion tricolor de la comuna de san miguel y ordena su transferencia a sus actuales ocupantes

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28957 / 5981388.

Texto oficial

Artículo 2°- Autorízase al Presidente de la República para modificar el Plano Regulador de la comuna de San Miguel, desafectando de la destinación de área verde los terrenos a que se refiere el artículo anterior.