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Artículo 10 de la Ley 17.370 · Autoriza expropiacion de inmueble en arica. otras materias

Autoriza expropiacion de inmueble en arica. otras materias

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28958 · idParte: 7178939

Texto oficial

Artículo 10.- Facúltase al Instituto de Seguros del Estado para que invierta directamente fondos en la construcción de un edificio destinado parcial o totalmente a hotel en la ciudad de Valparaíso. Dentro de esta facultad el Instituto de Seguros del Estado podrá explotar directa o indirectamente este hotel y realizar con él todas aquellas operaciones o negocios que convengan a sus intereses. Para estos efectos no serán aplicables al Instituto de Seguros del Estado las disposiciones de los DFL N.os 370, de 1953, y 263, de 1960.".