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Artículo 38 de la Ley 17.374

Fija nuevo texto refundido, coordinado y actualizado del dfl. n° 313 de 1960, que aprobara la ley orgánica direccion estadistica y censos y crea el instituto nacional de estadisticas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28960 / 8637036.

Texto oficial

Artículo 38°.- El Instituto dispondrá para la consecución de sus fines, de los siguientes recursos: a) De las sumas que se consulten anualmente en la Ley de Presupuestos; b) Del producto de las ventas de las publicaciones que realice; c) De los aportes y erogaciones de instituciones nacionales, extranjeras o internacionales con las que celebre convenios, y d) De las sumas que perciba por concepto de prestación de servicios a entidades públicas o privadas, nacionales o extranjeras.