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Artículo 1 de la Ley 17.383 · Crea colegio de laboratoristas dentales de chile

Crea colegio de laboratoristas dentales de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28969 / 7179002.

Texto oficial

Artículo 1.°- Créase una institución con personalidad jurídica denominada Colegio de Laboratoristas Dentales de Chile, que se regirá por las disposiciones de la presente ley. Su domicilio será la ciudad de Santiago.