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Artículo 20 de la Ley 17.383 · Crea colegio de laboratoristas dentales de chile

Crea colegio de laboratoristas dentales de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28969 / 7179025.

Texto oficial

Artículo 20.- En toda reunión general el quórum será el 30%, a lo menos, de los colegiados inscritos. Si no hay quórum, la reunión se verificará una hora después con los que se encuentren presentes.