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Artículo 5 de la Ley 17.392

Destina fondos para el instituto de neurocirugia e investigaciones cerebrales del servicio nacional de salud y establece normas para la designacion del director del referido instituto

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28975 · idParte: 8905006

Texto oficial

ARTICULO 5° Declárase que el artículo 148° de la ley 17.271, no es ni ha sido aplicable a los trabajos realizados en forma habitual y permanente mediante turnos nocturnos y en días domingos y festivos por el personal del Servicio Nacional de Salud.".