Texto oficial
ARTICULO 8°- Suspéndese, por el presente año, la
autorización contenida en el inciso 2° del artículo 59°
del DFL. N° 47, de 1959.
Los Servicios funcionalmente descentralizados podrán
efectuar traspasos entre ítem o subdivisiones de ítem de
un mismo presupuesto, previa autorización escrita de la
Dirección de Presupuestos.
Los decretos que se dicten en uso de la facultad que
concede el artículo 50° del DFL. N° 47, deberán llevar,
además de la firma del Ministro del ramo, la del Ministro
de Hacienda.