Texto oficial
ARTICULO 28°- Los Servicios dependientes del Ministerio
de Educación Pública, Carabineros de Chile, Servicio de
Registro Civil e Identificación y Dirección General de
Investigaciones, podrán destinar a reparaciones,
adaptaciones o ampliaciones de los edificios arrendados o
cedidos, hasta las sumas de E° 10.000,- por cada uno de los
arrendados, y E° 20.000,- por cada uno de los cedidos.