Texto oficial
ARTICULO 29°- El Ministro de Hacienda con informe de la
Dirección de Presupuestos y la Oficina de Planificación
Nacional establecerá los sistemas y normas de control de
resultados a aplicarse en los Servicios Fiscales y en las
Instituciones Descentralizadas para el funcionamiento del
Presupuesto por Programas.
Los Jefes de los Servicios Fiscales e Instituciones
Descentralizadas serán responsables de mantener registros
de medición de resultados y de costos e informar
oportunamente de las realizaciones alcanzadas.