Texto oficial
ARTICULO 32°- Los recursos consultados en la Ley de
Presupuesto Fiscal de Entradas y Gastos de la Nación para
la Corporación de Fomento de la Producción y demás
organismos dedicados a promover el desarrollo económico del
país, no podrán ser destinados a servir objetivos ajenos a
las finalidades que la ley expresamente señala.