Saltar al contenido

Artículo 82 de la Ley 17.399 · Aprueba ley de presupuesto.- otras materias

Aprueba ley de presupuesto.- otras materias

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28982 / 8912509.

Texto oficial

ARTICULO 82°- Suspéndese, durante el año 1971, la aplicación del DFL. N° 6, de 30 de Septiembre de 1967, dictado en uso de las facultades conferidas por el artículo 249° de la ley N° 16.617. Facúltase al Presidente de la República para restablecer el cobro de los derechos consulares cuando sea necesario, por razones de reciprocidad.