Texto oficial
"Artículo 1.°- Autorízase a la Municipalidad de Paillaco para contratar uno o más empréstitos, directamente con el Banco del Estado de Chile u otras instituciones de crédito o bancarias, que produzcan hasta la suma de trescientos mil escudos (E° 300.000), a un interés no superior al corriente bancario y con una amortización que extinga la deuda en un plazo maximo de diez años.