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Artículo 4 de la Ley 17.408

Incorpora a los obreros del ex servicio de explotacion de puertos al servicio de seguro social

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28991 / 9046230.

Texto oficial

ARTICULO 4° El artículo 1° de la ley 17.246 de 20 de noviembre de 1969, se aplicará al personal de empleados de las farmacias y Gerencia Forestal de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas. Sin embargo, en las farmacias, la institución deberá mantener un turno especial los días sábado.