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Artículo 2 de la Ley 17.409 · Autoriza a la municipalidad de el quisco para contratar prestamos

Autoriza a la municipalidad de el quisco para contratar prestamos

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28992 · idParte: 8284205

Texto oficial

Artículo 2.°- Facúltase al Banco del Estado Chile u otras instituciones de crédito o bancarias para otorgar el o los empréstitos a que se refiere el artículo anterior, para cuyo efecto no regirán las disposiciones restrictivas de sus respectivas leyes orgánicas o reglamentos, como asimismo, las que digan relación con estas materias.