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Artículo 3 de la Ley 17.409 · Autoriza a la municipalidad de el quisco para contratar prestamos

Autoriza a la municipalidad de el quisco para contratar prestamos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28992 / 8284206.

Texto oficial

Artículo 3.°- El producto del o los empréstitos será destinado por la Municipalidad de El Quisco a los siguientes fines: a) Arreglo de calles y bienes de uso público deteriorados E° 200.000,- b) Adquisición de vehículos para extraer basura 60.000,- c) Aporte a la Dirección de Pavimentación Urbana para pavimentar calle de la comuna 100.000,- d) Para obras de adelanto de la comuna (Construcción de badenes en la desembocadura de los esteros, en las playas, construcción de plazas infantiles, etc.) 40.000,- e) Para urbanizar, arborizar y colocar alumbrado en la Población Obrera de la comuna 100.000,-