Texto oficial
ARTICULO 7° Declárase de utilidad pública y
autorízase a la Municipalidad de Calama para expropiar los
terrenos a que se refiere el Acuerdo de esa Corporación, de
fecha 6 de mayo de 1965, aprobado por decreto N° 36, de la
Intendencia de Antofagasta, a fin de que los transfiera a
las personas individualizadas en dicho Acuerdo. Esta
expropiación se efectuará con arreglo al procedimiento
establecido en los artículos 24° a 36° de la ley 5.604,
cuyo texto refundido se fijó por decreto supremo 103, del
Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, publicado en el
Diario Oficial de 15 de marzo de 1968.